domingo, 18 de diciembre de 2011

palmeras / phoenix / picudo rojo / Sevilla

Ante mi felicitación navideña que ha conseguido lo que buscaba, concienciar sobre un problema, se me han hecho varias consultas, pues muchos no teníais ni idea de este tema por lo que además de lo que podía saber he puesto en marcha mi afición investigadora

Es verdad que vamos por la ciudad generalmente sin ver lo que sucede a nuestro alrededor, somos de costumbres fijas y vamos a lo nuestro y lo demás sobra,  no pretendo presumir pero si es verdad que he procurado estar con los ojos abiertos al entorno,  no me seducen los cotilleos de las vidas cotidianas de las personas, pero sí y mucho lo que sucede a nuestro alrededor
Conocedora del problema del Picudo rojo lo soy desde hace bastante tiempo, si recordáis  ya llore la muerte de las siete  palmeras de mi plaza, de Rafael Salgado, comentando que en este caso el Picudo rojo que  había sido el que destrozo mi plaza (de la que hablaré otro día, tiene historia el tema), para mi tenía otro nombre también es verdad que había leído noticias tranquilizadoras de que el tema de este escarabajo estaba controlado y resuelto
Justamente en los jardines que tiene Endesa detrás de la Plaza de España, había dos preciosas Palmeras  datileras  (Phoenix dactylifera) la primera que me llamo la atención comenzaba a mostrar sus hojas hacia abajo, a los dos días, estas estaban fatal y correctamente ya que debía estar muy dañada fue cortada. No tardo muchos días en estar de igual forma la compañera que también ha sido cortada  En la avenida de Manuel Siurot, frente al BBVA vi la tercera, seguramente ya habrá corrido la misma suerte, y en los jardines que existen en lo que fue cuarten en la  Av. De la Borbolla  ha visto las siguientes, También en uno de los chalets que hacen esquina entre la calle Bami y Rafael Salgado, otra palmera presentaba las mismas características, ya ha sido cortada, en un pequeño espacio de tiempo son muchas las palmeras, creo yo afectadas, que yo haya visto, y lo que más me preocupa que es un zona muy próxima al Parque de María Luisa, donde existe un gran y magnífico palmeral

Las palmeras forman uno de los grupos de plantas más interesantes,  el botánico sueco Carolus Linnaeus, afirmaba que eran los príncipes del reino vegetal, entre ellas podemos encontrar la mayor semilla, la mayor inflorescencia y la hoja más larga del reino vegetal. Realmente son  autenticas joyas dentro del mundo vegetal.
Son plantas excepcionales, elegantes, exóticas,  con muy variadas formas, una gran variedad de especies, han podido contabilizarse unas 2.800, todas diferentes aunque en algunos casos estas diferencias solo son apreciadas por los expertos

Son árboles o arbustos pertenecientes a las monocotiledoneas, cuyo tronco no suele ramificar y generalmente se va formando con las cicatrices de las hojas que van muriendo y cayendo, sus grandes y alternas hojas, se  agrupan generalmente en una corona terminal
Sus  semillas suelen ser carnosas y dispersadas por mamíferos  y aves, algunas como los cocos son dispersados por el agua en la que flotan
En Europa contamos con tres tipos de palmeras autóctonas:
El Palmito (Chamaerops humilis),  La Palma canaria (Phoenix canariensis) que realmente es una palmera –africana y la Phoenix  Theophrasti de Creta y Turquía
Para los habitantes de los trópicos reportan una gran  utilidad, llegando a ser imprescindibles en su supervivencia, ya que reportan alimento, se utilizan en la construcción de barcos, techos, cestos, sombreros, ropa,  papel, ceras, y cuerda, sus maderas y su fibra
También se obtiene de ella aceite, vino, licor, miel, azúcar etc
En el mundo hay  varios jardines dedicados exclusivamente a las palmeras, se llaman palmetum o palmar,  la mayor colección de palmeras  en España está en Sta. Cruz de Tenerife
Desde hace ya bastante tiempo la palmera está siendo atacada por un escarabajo, coleóptero,   llamado el Picudo rojo o Curculionido ferruginoso y originario de  las regiones tropicales del Sudeste Asiático y Polinesia,  y que se ha extendido también a gran parte de zonas subtropicales. Por ser nuestros principales proveedores de  palmeras, nos interesan especialmente Arabia Saudí, Egipto, Irán y Marruecos.  
El primer caso detectado  en España fue en Almuñécar  (Granada) de allí se ha ido extendiendo a  las zonas costeras y luego a diversos puntos del interior como Sevilla  Córdoba y Jaén , expandiéndose a la comunidad Valenciana, , Murcia, Canarias, Cataluña y Baleares, siguiendo su expansión a otros países como Portugal, Francia, Italia, Chipre y Grecia
De él podemos decir que tiene un considerable tamaño, entre  2 y 5 cm , su rostro alargado en forma de pico, y un color característico, pardo rojizo, que da lugar a su nombre “Curcoliónido ferruginoso”, “picudo o gorgojo rojo”, posee un número variable de manchas rojas sobre su parte dorsal . y el macho tiene un tupe de pelos sobre el pico. 
Puede desplazarse  a largas distancias volando, aunque se comporta generalmente como sedentario y es activo durante el día
Sus huevos de forma ovalada,. Blanduzcos y de entre 1 a 2,5 mm. No son faciles de detectar
La hembra puede hacer una puesta de entre 300 a 400 huevos que deposita en el tejido blando de las palmeras o heridas de estas
La larva es de color crema, carece de patas y destaca por su gruesa cabeza marrón oscuro, posee unas fuertes mandíbulas con la que logra alimentarse  

Forma un capullo cilíndrico con las fibras que reúne y amasa que se denomina pupa, allí se produce la transformación
Dado que su ciclo se desarrolla en el interior de la palmera, no es fácil detectar  su presencia.
Al ser la palmera   un vegetal que no ramifica, si la  entrada de este individuo es  por la corona, zona cercana al punto vegetativo,  es mucho mas vulnerable y los síntomas se detectan antes, presentándose un daño  generalmente no recuperable
Si la penetración se produce a través de heridas producidas por la poda en zonas del tronco, el daño no es tan grave, pues podría controlarse si se coge a tiempo
                   

Generalmente la posición y caída de sus hojas nos avisa de su infección, pero también podemos  detectarla al escuchar el ruido de sus larvas al  comer, audible si la palmera está muy infectada,  el olor que produce la pudrición  si el ataque es importante,  y sobre todo  que en los orificios de salida se produce una exudación viscosa y rojiza
El mayor daño es la muerte de la palmera,  pero tampoco podemos olvidar el  aspecto estético que puede producir cuando al ser detectada la infección a tiempo es tratada y controlada, todo depende de que  el ápice de crecimiento haya o no sido afectado.
Para controlar la infección del picudo se recomienda evitar las heridas, que es la parte  más vulnerable al ataque,  recomendando practicar la poda en la época fría en que el escarabajo adulto tiene menos actividad
Si se produce una herida cubrirla con alguna pasta  cicatrizante e insecticida , yo esto lo recomendaría para todos los árboles (evitaría las pudriciones que observamos en nuestros árboles en la ciudad)
Evitar plantar  nuevas palmeras en las zonas afectadas, ya que la planta se debilita en el trasplante y lógicamente baja sus defensas 
También existen tratamientos preventivos,  a base de nematodos entomopatógenos y productos químicos  autorizados para su uso en las palmeras
Tratamientos curativos siguiendo un calendario pero siempre con productos autorizados
Y por supuesto el arranque y destrucción de aquellas palmeras que están muy afectadas y se ve es imposible su recuperación
Si tiene una propiedad con palmeras y detecta algún síntoma que indique la palmera está afectada  se recomienda ponerse en contacto con el departamento de parques y jardines de su ciudad o la delegación de Agricultura y pesca que le corresponda quienes le asesoraran del estado de su palmera y de las medidas a seguir, caso de que la palmera no tenga solución y requiera ser talada, también le informarán de la forma de hacerlo y de deshacerse de los residuos evitando los contagios
A la hora de podarlas también requieren unas pautas como eliminar solo las hojas secas y caso de que haya que producir una herida, lo que ya indicamos aplicar una pasta  cicatrizante e insecticida
Aconsejable siempre pedir la ayuda de un experto, no solo para podas,  tratamientos, destrucción de ejemplares afectados sino también  aquellas personas que se dediquen a  la importación de plantas sensibles
Nuestro famoso picudo no solo ataca a las palmeras Phoenix dactylifera y canariensis sino a otra serie de palmeras, por lo tanto siempre pedir información a personas cualificadas  
En agosto del 2008 y en la  revista ABC se daba la noticia de “Frenan la plaga de picudo rojo con la aplicación de un microorganismo parásito”
El ayuntamiento de Espartinas  ante un escarabajo que había minado numerosas palmeras en diversos municipios del Aljarafe  había aplicado,  parece que con éxito, nematodos (microorganismos que parasitaban las larvas del picudo rojo) mezclados con abono a base de quitosano para vigorizar las plantas y reforzarlas ante los ataques del picudo (un gorgojo cuyo nombre científico es Rhynchophorus ferrugineus), tratamiento costoso en su aplicación, no solo por la altura de las palmeras y la necesidad de utilizar maquinaria especial, pero  se coloca un tubo en el tronco de la palmera del pie a la copa y mediante una máquina a presión  se introduce el producto en el árbol. Así trataron no solo las palmeras afectadas, sino los ejemplares  históricos, durante 6 meses y parece que los ejemplares tratados presentaba nuevamente un aspecto vigoroso, según el ayuntamiento, ellos creen que este tratamiento es eficaz
Con fecha enero de 2009 en el mismo ABC se da la noticia de que el tratamiento aplicado por el Ayuntamiento de Espartinas para terminar con el picudo rojo estaba siendo un éxito, que no ha pasado por desapercibido en otras localidades
Parece ser que este Ayuntamiento está trabajando para dar a conocer sus conocimientos y resultados. Según la Concejal de Medio Ambiente “es necesaria la actuación conjunta para frenar esta plaga y es fundamental hacerlo de forma organizada y efectiva”   
En la Unión Europea  han presentado un proyecto LIFE para proteger a la especie Phoenix, y para proteger el palmeral patrimonial del Aljarafe
Pero también encontramos noticias recientes, de hace tan solo un mes escaso  que nos dicen que el picudo rojo o curucolionido sigue de huésped en Chipiona, los ecologistas dan la voz de alarma de la situación por la que pasan las palmeras de Chipiona, Sanlúcar, Rota, La Línea, Algeciras,  debido a ese escarabajo., el Ayuntamiento dice sigue los protocolos establecidos
No sé si el tratamiento de Espartinas es efectivo o no, desgraciadamente ante las declaraciones de los políticos nunca podemos estar seguros de su veracidad, yo doy mi voz de alarma de que en Sevilla están cayendo palmeras, también he observado que algunas tienen puestas, creo que las llaman inyecciones,  como una especie de botella sujeta a su tronco

Pero, estimo que ante cualquier problema que ataque a nuestro patrimonio, en este caso arbóreo-vegetal, y en este caso muy valioso, las autoridades tienen el deber de actuar con seriedad y contundencia, no olvidéis además que son ciudadanos vivos de nuestras ciudades, aunque en esta no son ni demasiado apreciados ni estimados, pocos reconocen su valor, yo solicito se reconozcan sus derechos que los tienen.
Y no olvidemos, aunque sea de forma egoísta,  que el fruto de la palmera datilera, el dátil es un alimento energético por excelencia para los músculos y el cerebro, buenos para personas que realizan un gran esfuerzo y para la aumentar la capacidad y la agilidad mental, esto deben tenerlo en cuenta los estudiantes.
Contiene ácido pentatónico y vitamina B5 por lo que combate el estrés y el nerviosismo,, tomado antes de dormir ayuda a conciliar el sueño, es bueno para el colesterol,  la piel,  disminuye la presión arterial
Contiene sodio, cobre, calcio, fibra, siendo bueno para la gota, artritis, retención de líquidos, hipertensión.
Cuidado con abusar los obesos, y los diabéticos, y teniendo en cuenta la cantidad de azúcar que posee después de tomarlos comer una manzana bien masticada o lavase los dientes para evitar las caries
Que podemos hacer los ciudadanos, sencillamente, si observamos una palmera que presenta síntomas de estar enferma, llamar a la Delegación de Parques y Jardines, en Sevilla, teléfono 954625252, ubicada en el Pabellón Marroquí, av. Moliní, 4 - 41012 de Sevilla dando la situación exacta de la palmera supuestamente enferma
Llevo un tiempo pensando algo que dijo esta tarde una amiga mía, relativo a la crisis que atravesamos, si hay carencia de medios económicos debe darse prioridades y (cuidado ella es muy amante y defensora de los parques y la naturaleza) las personas van delante de los parques. Le he dado, digo, muchas vueltas, y tiene su parte de razón, pero el cuidar los parques da jornales, y los jornales ayudan a las personas y creo es mejor pagar un jornal por un servicio que dar una limosna, yo personalmente lo preferiría, por lo que se pueden realizar ambas cosas, arreglar los parques y la ciudad en lo que se pueda y ayudar a las personas a que tengan una ingresos que les son tan necesarios. Sin olvidarnos de exigir responsabilidades a quienes han originado esta situación y exigir devuelvan lo apropiado indebidamente o malversado. Esto sí creo sería una buena técnica de mejorar la situación económica y conseguiríamos no vivieran el resto de sus vidas riéndose de los ciudadanos apaleados    

   




Felices fiestas para todos

De felicitación 2011

jueves, 8 de septiembre de 2011

Comunicado de ADEPA



Me termina de enviar Jacinto el comunicado de ADEPA, en referencia  al cierre del Luna Park
Son muchas las veces que he paseado por esa zona y siempre he comentado y me ha llamado la atención que siendo una zona con edificios importantes, teatro Lope de Vega, casino de la Exposición. Pabellón del Perú donde hoy se encuentra la casa de la Ciencia, el Costurero de la Reina, con una oficina de turismo en su interior, el parque de María Luisa enfrente, es una zona totalmente descuidada y sobre todo sucia.
La zona de las caracolas a que alude el escrito tiene a su lado un terreno con unos magníficos, por su tamaño, árboles y un especio nada despreciable para un ratito de descanso, pero con una cantidad de basura impresionante, y aluciné, cuando veo un edificio y al acercarme me encuentro que tiene una placa que dice “Protección ambiental, Delegación de Medio Ambiente, Ayuntamiento de Sevilla” no pude evitar el impulso y les manifesté mi protesta, indicándoles la fiabilidad que podía tener esta oficina con tanta suciedad y destrucción alrededor en una zona tan de paso por turistas y en el centro de la ciudad
Aquí acompaño fotos que corroboran lo que dice el escrito y lo que yo manifiesto, se ve la fuente destrozada y sucia, en diversos momentos, se ven las caracolas y se ve el espacio con sus árboles y el edificio del Ayuntamiento      


pinchar ver galeria de imagenes
fuente al lado pab. Perú


COMUNICADO DE ADEPA


El propietario de Luna Park abrió la caja de los truenos al achacar el cierre por el Ayuntamiento de la terraza que sin licencia abre cada verano en una plaza junto al Pabellón del Perú, con fuente y columna incluida, a la malquerencia de la competencia que, dice el propietario, tiene buenos y poderosos amigos en la prensa y en el Ayuntamiento. Cuando cita a la competencia se refiere a los establecimientos como el Alfonso o el Bilindo, ambos a la entrada de la Plaza de América.
Lo que no cuenta este señor es los años que las asociaciones,  particulares y prensa,  llevamos denunciando la ilegalidad de la ocupación por Luna Park de unos terrenos municipales, que forman parte de una zona declarada Bien de Interés Cultural, y su falta de respuesta durante años a los requerimientos del Ayuntamiento para que cesara la ocupación ilegal. Era más rentable,  nos decía alguien, pagar las multas que desalojar un espacio que le producía pingües beneficios.
Luna Park no es propietario ni siquiera del espacio que ocupa legalmente, ya que su  negocio es producto de una concesión administrativa del Ayuntamiento, lo cual aún hace mas hiriente la ocupación ilegal.
Hace muchos años que el Ayuntamiento debería haber puesto fin a esa concesión administrativa,  dadas  las irregularidades,  pero parece  que en  nuestra ciudad,  “sin puertas”, aun debería de rezar aquel título legendario de la urbe del desgobierno. No obstante, en su denuncia contra la competencia tiene mucha razón el propietario.  ¿Qué trato de favor, qué  influencias deben  tener esos bares de la Plaza de América para que las puertas de esta permanezcan toda la noche abiertas como  entrada y salida a los bares de copas? ¿Cómo se les ha permitido ampliar indefinidamente el espacio que ocupaban? ¿De qué forma no son responsables esas puertas abiertas de la historia interminable de gamberrismo y destrucción del Parque de María Luisa? ¿Qué responsabilidad y qué compromisos tienen con la ciudad y su parque estas dos entidades, cuya concesión administrativa, en cuanto a los espacios,  crece como un cáncer en la Plaza de América? Si la denuncia del propietario de Luna Park fuera cierta, ¿no sería este un caso más de amiguismo, de corrupción de baja intensidad en nuestro Ayuntamiento?
El Concejal Gregorio Serrano tiene ahora en sus manos la posibilidad de demostrarnos qué política, honradez y servicio público pueden marchar unidos.
Volviendo al Luna Park, quienes visitamos la zona en invierno somos testigos de cómo la Plaza que hasta ahora ocupaba,  adecentando, todo hay que decirlo,  se convierte en un aparcamiento indiscriminado de coches que ocupan hasta el espacio de una fuente destrozada, rodeada de unas columnas a las que les faltan las figuras que la coronaban, y, todo ello, a pesar de esa catalogación de Bien de Interés Cultural  que nuestro Delegado, Don Bernardo Bueno,  tan poco ha hecho para que se respete.


Cerca,  además,  unas caracolas tercermundistas e ilegales que fueron traídas  por la Universidad a este espacio que se les cedió para dar solución a algunos problemas de la Facultad de Derecho,  siguen ahí a pesar de que dicha Facultad hace tiempo que se marchó de la Fábrica de Tabacos,  contradiciendo, con ello,  el PGOU y la inteligencia en un espacio, insistimos, Bien de Interés Cultural y, además,  propiedad del Ayuntamiento.


¿Qué fue del Plan de Doña Soledad Becerril para estos jardines, antiguamente conocidos como de San Telmo? ¿Cuándo definitivamente se nos va a presentar?

Con Plan o sin Plan, empecemos  por lo más sencillo, quitar los coches,  cerrar la plaza y eliminar las caracolas cumpliendo con la legalidad. ¿No hay dinero ni para ello? ¿Es tan difícil?

jueves, 1 de septiembre de 2011

Diosa "CERES"


fotografia de Belén Vargas
enviada por Francisco Rodríguez Estevéz

Los naranjos secos de la avenida de la constitución




La Avenida de la Constitución fue reurbanizada por el anterior equipo de Gobierno Municipal, como consecuencia de ello podría decirse que hubo demasiados “daños colaterales” ya que fueron arrancados más de un centenar de fresnos americanos que proporcionaban una benéfica bóveda de sombra a los viandantes, en los largos y calurosos estíos sevillanos.  Lamentablemente, estos fresnos americanos los reemplazaron por unos naranjos centenarios de grueso tronco y copa poco frondosa que, traídos desde Valencia costaron casi cien mil euros. Estos viejos naranjos fueron plantados en alcorques reducidos y con escasa profundidad, además estaban rodeados de distintas canalizaciones eléctricas, aguantando el calor añadido del enlosado de granito y con un sistema de riego poco efectivo, en estas condiciones su supervivencia y adaptación resulta hasta la fecha más que milagrosa.


En este mes de agosto, recorrer la Avenida es asistir a un triste espectáculo, no es agradable ni estético, contemplar la silueta de un naranjo seco y menos aún, verlos con sus hojas mustias  muriéndose de sed. ¡Qué desprestigio para la ciudad! El delegado responsable del arbolado viario de Sevilla, si tiene sensibilidad medioambiental, debe corregir de inmediato esta dejación de funciones y apear ante que nada los naranjos secos de la Avenida y sobre todo, aunque sea con un camión cisterna, regar periódicamente los naranjos que están luchando por sobrevivir.
                                                                                                                                      Jacinto Martínez

Cita - Jacinto Martínez



¡Ay! esos árboles que contemplo desde la terraza...y que me sirven de refugio para escrutar la vida, son árboles añejos. Mañana cuando vuelva a pasear mi achacosa vejez bajo su benéfica sombra, ellos me prestarán una sombra amable y hospitalaria, la sombra de la amistad.
                                                                                      Jacinto Martínez

Denuncia Jardines Murillo x Jardines de la Oliva



De nuevo tenemos que dar a conocer el lamentable estado en que se  encuentran estos jardines por causa del vandalismo. En el mes de marzo  del pasado año destruyeron la fuente central de tres copas, que aún  sigue sin restaurar.
Ahora le ha tocado el turno a la fuente y banco de  azulejos de la Glorieta de los Capiteles, la más cercana al Callejón del  Agua. ¡Esto se tiene que acabar!
Estos jardines históricos una vez restaurados en el año 2001, fueron  declarados
B.I.C (Bien de Interés Cultural) el día 12 de marzo de 2002.

Reseñas históricas
Estos jardines tienen una superficie algo  menor de una hectárea y se encuentran situados entre la calle Maternal  (muralla del Alcázar) y las plazas de Refinadores y de Alfaro en el  barrio de Santa Cruz, cerca de la Puerta de la Carne.
Lo que hoy son los Jardines de Murillo  era parte de la zona dedicada a huerta de los Reales Alcázares, hasta  que en el año 1911, el rey Alfonso XIII la donó a nuestra ciudad. El  arquitecto municipal Juan Talavera diseñó el trazado de los jardines  entre los años 1915 y 1917. Un año más tarde, por iniciativa de José  Laguillo, director del diario “El Liberal” se les denominó Jardines de Murillo.  Estos jardines están divididos en dos partes por la calle Nicolás  Antonio, que enlaza los Jardines de Catalina de Ribera con la Plaza de Santa Cruz.
En la parte que da a la plaza de Refinadores se encuentra  desde
1923 la glorieta dedicada al pintor costumbrista García Ramos.
Los  Jardines de Murillo fueron restaurados en el año 2001.


Con relación al estilo, podríamos  encuadrarlo en el prototipo del jardín sevillano, que se caracteriza  porque en él conviven de forma armónica los azulejos trianeros, las  fuentes y el agua; la creación de estos espacios reducidos e intimistas  que invitan a la meditación solitaria o al sentimiento romántico tal vez  provenga de miniscencias andalusíes…



Jacinto Martínez
Asociación Amigos de los Jardines de la Oliva

denuncia de un ciudadano

Hola, soy un vecino de sevilla, concretamente de la avenida del greco del poligono de san pablo, me pongo en contacto con ustedes para solicitar informacion para denunciar el mal estado de los jardinnes de mi avenida. En realidad no se si se pueden considerar jardines ya que son pequeñas islatas dispersas a lo largo de esa misma avenida. El caso es que el sistema de riego de algunas de estas isletas no funcionan bien por lo que estan muy secas y se esta desperdiciando el agua que si mana de los aspersores pero lo unico que hacen es encharcar una zona de 20 cmts de diametro.
Por eso, os ruego que si esta en vuestras manos me informeis de a donde me tengo que dirigir para formalizar esta queja que os propongo.
Sin otro particular y agradeciendo su colaboracion, os saluda: Jose Miguel Gonzalez Delgado.
Jose miguel gonzalez delgado  /  semikcito@gmail.com

domingo, 10 de julio de 2011

Vecinos del Prado instan a pedir la dimisión del rector por dañar a la Universidad

Publicado en el MUNDO

EDUCACIÓN | Tras la paralización definitiva de la biblioteca general
La paralización definitiva de la biblioteca que la Universidad de Sevilla construía en los jardines del Prado no debe pasar "desapercibida". El Tribunal Supremo (TS) ha declarado que la obra era "ilegal", lo que supondrá un coste de millones de euros a la Universidad, entre otras cosas, en indemnización a la constructora y reposición del espacio verde a su estado anterior al inicio de la construcción, razones más que suficientes, en opinión de los vecinos del Prado, para que la comunidad universitaria "pida la dimisión de su actual rector", Joaquín Luque.
Éste no puede desentenderse de este proyecto, pues no sólo es el máximo dirigente de la Hispalense ahora sino que, cuando se adjudicó la obra, era el vicerrector de Infraestructuras, y ha actuado "en contra de la opinión de la ciudadanía y no teniendo en cuenta los más elementales criterios del sentido común". De hecho, en su día, ya los alumnos criticaron la "actitud poco negociadora" de la institución.
Según el portavoz de la asociación Amigos de los Jardines de la Oliva y de la Plataforma Ciudadana por los Parques y Jardines de Sevilla, Jacinto Martínez, a todo ello hay que añadir "el daño económico y de imagen que ha sufrido" la institución universitaria por acometer la construcción de la biblioteca en un espacio público verde.
Éste es, precisamente, uno de los motivos que argumenta la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo para rechazar los recursos presentados por la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento y la Universidad de Sevilla contra la sentencia del TSJA que tumbaba la construcción de la Biblioteca Central de la Universidad de Sevilla en el Prado de San Sebastián a cargo de la arquitecta Zaha Hadid.
En cualquier caso, éste es un problema que no atañe únicamente a los universitarios, según ha advertido el portavoz vecinal. En consecuencia, ha "invitado" a "la ciudadanía" a "que se movilice, con todas las herramientas legales que nos permite la democracia, ante las ilegalidades que, infringiendo los tratados de la Unión Europea y la legislación española, cometen a veces los gestores públicos".
Éstos, ha añadido, lo hacen "sin tener en cuenta ni el interés general ni la sostenibilidad de nuestra ciudad, y movidos por otros intereses no declarados abiertamente".
Los vecinos del entorno, "no cejaremos en nuestras actuaciones hasta que veamos el jardín restaurado, en toda su plenitud de uso y disfrute por los ciudadanos", ha añadido, tras insistir en que no rechazan la construcción de una biblioteca universitaria sino su emplazamiento en un jardín público.
Desde esta óptica, la plataforma Por los Parques y Jardines considera la sentencia del Supremo "un importante precedente que crea jurisprudencia" en la protección de los espacios verdes consolidados de las ciudades y de los derechos de los ciudadanos con respecto a los mismos.
De momento, sus miembros reclaman que el fallo judicial "se ejecute a la mayor brevedad" y se restaure el jardín íntegramente cuanto antes, es decir, tanto las plantas, como las fuentes y la zona de juegos infantiles, "respetando su configuración original".

sábado, 9 de julio de 2011

Nota de prensa: Sentencia del Tribunal Supremo sobre la Biblioteca del Prado

Plataforma Ciudadana por los Parques y Jardines de Sevilla.

Los miembros de la Plataforma, en reunión extraordinaria, acuerdan emitir el siguiente comunicado de prensa, una vez conocido el contenido de la sentencia que anula definitivamente las determinaciones del PGOU que permiten la construcción de la Biblioteca universitaria en el Prado de San Sebastián.

1º.   Consideramos la sentencia como un importante precedente que crea jurisprudencia en la protección de los espacios verdes consolidados de las ciudades y de los derechos de los ciudadanos con respecto a los mismos.
2º.   Pedimos que se ejecute la sentencia a la mayor brevedad, y se restaure el jardín en toda su integridad con las plantas, fuentes, juegos infantiles, etc., respetando su configuración original, y recuperando su uso esencial.
3º.   Invitamos a la comunidad universitaria a pedir la dimisión de su actual Rector, por el daño económico y de imagen que ha infringido a la noble institución universitaria, al acometer un proyecto de construcción en un espacio público que los tribunales han considerado ilegal, en contra de la opinión de la ciudadanía y no teniendo en cuenta los más elementales criterios del sentido común.
4º.   Invitamos a la ciudadanía a que se movilice, con todas las herramientas legales que nos permite la democracia, ante las ilegalidades que, infringiendo los tratados de la Unión Europea y la legislación española, cometen a veces los gestores públicos sin tener en cuenta ni el interés general ni la sostenibilidad de nuestra ciudad, y movidos por otros intereses no declarados abiertamente.
5º.   No cejaremos en nuestras actuaciones hasta que veamos el jardín restaurado, en toda su plenitud de uso y disfrute por los ciudadanos.

Sevilla, 9 de julio de 2011
Jacinto Martínez Gálvez
Asociación Amigos de los Jardines de la Oliva

viernes, 24 de junio de 2011

jardines del Prado de San Sebastián




periódico "EL MUNDO"


Según publica el "Diario de Sevila"
La Hispalense negociara con Ferrovial y la UE para reducir el coste de la Biblioteca.
Intentará que los tres millones de Fondos Feder puedan destinarse a otros proyectos, la concesión de nuevas obras
Una hipotética explotación del parking ya realizado puedan compensar a la constructora 

Convocatoria

Saludos para todos:

Ante las distitas surgerncias recibidas de que teníamos que reunirnos...para valorar la sentencia...

Convoco a la Plataforma Ciudadana por los Parques y Jardines de Sevilla para analizar la situación y compartir los aperitivos que llevemos cada uno.

Día: 29 de junio de 2011
Hora: 20;30
Lugar: Asociación Amigos de los Jardimes de la Oliva (Bda. Ntra. Sra. de la Oliva blq. 129-Local-)

Con afecto y solidaridad,
Jacinto Martínez

Rogamos su difusión

jueves, 23 de junio de 2011

Jardínes del Prado de San Sebatián - SENTENCIA

PERSONALMENTE creo que todos los Parques y Jardines de Sevilla estan de enhorabuena con esta sentencia y con la acción popular llevada a cabo por todas las asociaciones y ciudadanos implicados
felicidades a todos
Saludos para todos
 
El Tribunal Supremo da la razón al movimiento ciudadano que se opuso a la
MUTILACIÓN DE LOS JARDINES DEL PRADO.
 
¡GRACIAS!

En ABC digital
 
El Supremo ratifica que no se puede construir la bibliloteca en los Jardines del Prado
Esta victoria es el resultado de la acción ciudadana, llevada a cabo por ciudadanos sevillanos, tanto a título individual, como a través de la Plataforma de Parques y Jardines y de la CAIS; a los medios de

comunicación, prensa escrita y radio; a los partidos políticos que han

apoyado la causa y a la magnífica labor jurídica realizada por el bufete Prado, cuyo titular es Emilio Molina Lamothe.


Un cordial saludo,

La Junta Directiva

MOLINA LAMOTHE & ASOCIADOS
                 ABOGADOS

EL TRIBUNAL SUPREMO CONFIRMA LA ANULACIÓN DE LAS DETERMINACIONES DEL PGOU DE SEVILLA RELATIVAS A LA CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA BIBLIOTECA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA EN TERRENOS DEL PARQUE DEL PRADO DE SAN SEBASTIÁN

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha notificado hoy, 22 de junio de 2011, una sentencia por la que se desestima los recursos de casación interpuestos por las representaciones procesales de la Junta de Andalucía, la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla y la Universidad de Sevilla, contra loa construcción de la nueva Biblioteca General Universitaria en los terrenos del parque o Jardines del Prado de San Sebastián
Esta sentencia, que está fechada el pasado 13 de junio, acoge en esencia todos los argumentos de las demandas judiciales formuladas en septiembre de 2006 contra la revisión del PGOU de  Sevilla, aprobada mediante resolución de  19 de julio de 2006, en lo0 relativo a la calificación del frente oriental del Parque o Jardines del Prado de San Sebastián (calle Diego de Riaño) como equipamiento de uso educativo.
En concreto, la sentencia anula definitivamente las determinaciones del PGOU que permiten la construcción de la nueva Biblioteca General de la Universidad en terrenos del referido parque, lo que conlleva la anulación de los actos que se dicten o ejecuten como consecuencia de tales determinaciones. Así, la licencia de obras concedida por la Gerencia de Urbanismo el pasado 9 de julio – que está recurrida ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 7 de Sevilla-, queda también sin efecto.
El razonamiento jurídico de la sentencia, con un total de dieciocho Fundamentos de Derecho, se extiende  a lo largo de casi veinte páginas, partiendo de un somero repaso a los antecedentes del caso enjuiciado
El pronunciamiento del Alto Tribunal considera que4 la sentencia dictada por el TSJA no incurre en el vicio de incongruencia omisiva, que de forma infundada le habían atribuido las  Administraciones recurrentes. Asimismo, desestima laos alegatos relativos a la supuesta indeterminación de los recursos planteados por las distintas Comunidades de Vecinos y de la Asociación de Vecinos  “Barriada Huerta de la Salud”, al considerar  que el fallo “Se expresa claramente que la nulidad afecta al cambio de calificación de los terrenos del frente oriental del Parque  o Jardines del Prado de San Sebastián (….) Es decir, se declara la nulidad de todas las determinaciones del Plan que disponen ese cambio de calificación concebido para permitir la ubicación de la Biblioteca Central en ese concreto lugar, por lo que ninguna duda cabe albergar al respecto”.
Por tanto, los pronunciamientos de la sentencia de instancia “Se ajustan a lo solicitado en el suplico del escrito de demanda, y no vulneran ni las estipulaciones contenidas en el artículo 71.1ªa)de la LJCA de aplicación a las sentencias estimatorias, ni las exigencias que se derivan de la congruencia de las sentencias”.
Igualmente, la sentencia del Tribunal Supremo rechaza los alegatos de la Junta de Andalucía, la Gerencia de Urbanismo y la Universidad con respecto a la anulación de los actos que se dicten o ejecuten como consecuencia de las determinaciones del Plan anuladas. En este sentido, el Alto Tribunal afirma – con fundamento en el artículo 62.2 de la Ley 30/1992- que “no pueden sostenerse aquellos actos o disposiciones dictados al amparo de una disposición que ha sido declarada nula por sentencia judicial”.
Finalizado el examen de los motivos de casación relativos a cuestiones de índoles procesal, la sentencia de 13 de junio concluye que el fallo dictado por el TSJA cumplió rigurosamente los requisitos de motivación exigidos, pues su decisión de anular las determinaciones del PGOU que permitían la construcción de la Biblioteca en los terrenos del Parque “no es fruto de una arbitrariedad o capricho del juzgador, sino que responde a una específica interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico”.
En cuanto a los motivos casacionales sobre el fondo del asunto, la Excma. Sala Tercera se centra en analizar si la sentencia del TSJA, al enjuiciar este caso, vulneró la doctrina sobre el “ius variandi”, es decir, “si la sentencia ha respetado la discrecionalidad que le es propia al planificador urbanístico, o ha invadido el ámbito discrecional que le corresponde en la toma de decisiones sobre el modelo de ciudad, la clasificación y calificación del suelo, la atribución de usos y el correcto emplazamiento de las edificaciones”.
Sobre esta importante y crucial cuestión que constituye el verdadero epicentro de la sentencia, el Tribunal Supremo recuerda que la discrecionalidad de la Administración conlleva como límite “la proscrpción de la arbitrariedad, pues la decisión ha de ser discrecional, no arbitraria (artículo 9.3 de la CE) y estar al servicio del interés general”. Es más, la amplia discrecionalidad que ostenta la Administración al planificar el diseño de la ciudad “Se torna más estrecha cuando se trata de actuar sobre zonas verdes, como es el caso”.
A este respecto, el fallo del Alto Tribunal acoge sustancialmente el planteamiento realizado en las demandas formuladas por lals citadas Comunidades de Vecinos y por la propia Asociación Vecinal, toda vez que concluye qye “el cambio de calificación de los terrenos del parque del Prado a equipamiento educativo (…) no se ajusta  a los contornos propios en los que ha de moverse una decisión discrecional, ni dicha decisión ha sido debidamente justificada” (FJ 12º).
En tal sentido, la Sala recuerda que “cuando se trata de ubicar una edificación, aunque sea de las características de la ahora proyectada, sobre una zona verde, ha de intensificarse tal exigencia de motivación, más allá de la que habitualmente se precisa”.
Es verdaderamente destacable la afirmación del Tribunal Supremo, a propósito de que “no debemos olvidar que estaos ante zonas especialmente sensibles dentro de la ciudad que nacen con una clara vocación de permanencia, que han de ser respetadas en alteraciones del planeamiento posteriores, salvo que concurran razones de interés general que determinen su transformación”.  Este razonamiento ya fue puesto de manifiesto, ante la Sala del TSJA, en lals demandas de las Comunidades de Vecinos y de la Asociación Vecinal, y ahora ha sido expresamente acogido por la sentencia a que nos referimos
Abundando en dicha cuestión, el Alto Tribunal sostiene que “cuando se trata de hacer desaparecer, en todo o en parte, una zona verde, no basta con explicar por qué se ubicará tal edificación en los Jardines del Prado (…), sino que han de expresarse las razones por las que no puede ser construida en otro terrenos para cumplir sustancialmente esa misma finalidad de permitir el uso cualificado por el entorno universitario”. Así pues, tal y como se sostuvo en las demandas planteadas ante la Sala del TSJA, “Debió explicarse, en definitiva, por qué dicha finalidad no podía ser razonablemente alcanzada mediante la elección de otro emplazamiento que no recortara una zona verde” (FJ 13º)
A este respecto, la sentencia que nos ocupa deja bien claro que ”el cambio de la calificación de unos terrenos para poder edificar sobre lo que era una zona verde, aunque mantenga el uso público de la misma porque la construcción sea una biblioteca, sólo puede hacerse exponiendo las razones por las que ningún emplazamiento, que no liquide una zona verde, es posible”. En el presente caso, tal y como  sostuvieron las Comunidades  recurrentes y la propia Asociación de Vecinos, “La Administración reconoce que había otras ubicaciones adecuadas, por lo que debía haberse razonado en qué medida tal ubicación impedía cumplir los objetivos que se alcanzan con su emplazamiento sobre esa zona verde” (FJ 13º in fine)
También considera la Excma Sala Tercera  que la decisión de cambio de calificación de los terrenos no se ajusta “a los contornos propios en los que ha de moverse una decisión discrecional”, ni “a las exigencias que  demanda el interés público, a cuyo servicio se encomienda toda la actuación administrativa, ex artículo 103.1 de la CE”.
En cuanto a la ponderación de los intereses en conflicto, el Tribunal Supremo da la razón al planteamiento sostenido por la representación vecinal, toda vez que estima que “los intereses universitarios no resultan incompatibles, ni se ven perjudicados, con el mantenimiento de loa zona verde y el emplazamiento de la biblioteca en otro lugar”. A este respecto, la Sala añade que “el examen de ambos intereses (…) no tiene por qué ser contrapuesto, pues efectivamente nada impide conjugar el uso propio de la  zona verde que además de campus fuera de disfrute  general para los vecinos de Sevilla. Pero esta no es la cuestión, toda vez que lo que  irrumpe e impide tal fusión de intereses es precisamente la construcción sobre la zona verde que priva de tal uso, en esa parte, a unos y otros”. Así pues, “no puede concluirse, por tanto, que la única forma de realizar tal integración de los Jardines del Prado en el citado ámbito universitario sea mediante la contrucción de un edificio de Biblioteca en la parte oriental del mismo” (FJ 16º  in fine)
También resulta estimado por la sentencia el planteamiento de la representación procesal de las Comunidades y de la Asociación de Vecinos en lo relativo a la aplicación de la doctrina  del “mínimo sin retorno”, invocada expresamente en la demanda rectora del proceso en la instancia, de forma  que “una vez establecida una zna verde ésta constituye un mínimo sin retorno, una suerte de cláusula stand still propia del derecho comunitario, que debe ser respetado, salvo la concurrencia de un interés público prevalente”, A este respecto, la sentencia se remite a la doctrina del Consejo de Estado sobre tal materia.
Especialmente destacable es la afirmación que hace la sentencia sobre el alcance de la actuación pretendida sobre los terrenos del Prado, dando la razón nuevamente a lo alegado por las Comunidades y la Asociación recurrente, pues el Alto Tribunal estima que la pretendida construcción de la Biblioteca “Supone desaparición, o mejor dicho, la disminución de una extensión nada desdeñable de zona verde, una franja de 4.000 m2 de suelo que permite una edificabilidad de10.000 m2 en el centro de la ciudad” (FJ 14º)
Por último, el fallo pone de manifiesto la contradicción existente en la Memoria del PGOU, por cuanto ésta apostaba por la sostenibilidad en el desenvolvimiento de la ciudad, mientras que luego suprimía parte de la zona verde del Prado. A este respecto, la sentencia alude expresamente a ka aplicación de los artículos 45 y 46 de la Constitución
Finalmente, es de destacar que el Tribunal Supremo admite que las Comunidades recurrentes y la Asociación  de Vecinos ejercitaron correctamente la acción pública en defensa de la legalidad urbanística y medioambiental, en contra de las acusaciones vertidas por las Administraciones que han recurrido en casación. En este sentido, la Excma. Sala Tercera afirma que “es de interés por la defensa de la zona verde lo que ha valorado la Sala de instancia, y no un interés particular derivado de la situación de las viviendas de la Comunidad entonces recurrente y ahora recurrida” (FJ 17º )
La notificación de la sentencia de 13 de junio va acompañada de otras dos, fechadas el día siguiente, por las que, en primer lugar, se desestiman también los recursos de casación interpuestos por las mismas Administraciones contra los Autos de ejecución provisional de la sentencia dictada por el TSJA, lo cual supone confirmar la procedencia de la suspensión o paralización de las obras ilegalmente iniciadas por la Universidad con el consentimiento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento
Y, en segundo lugar,  otra de las sentencias notificadas –la relativa al recurso planteado en su día por la Comunidad de Propietarios de C/ Diego de Riaño, nº 5- establece que “la nulidad de las normas del Plan es firme”,  lo que comporta “la  expulsión del ordenamiento jurídico de la norma cuya  nulidad ha sido declarada por los Tribunales, esto es, la revisión del Plan General en lo relativo a cambio de calificación que permite el emplazamiento de la Biblioteca en el Prado de San Sebastián”. A este respecto, el Tribunal Supremo recuerda que “las sentencias firmes (….) cuando anulan una disposición general tienen efectos generales desde el día en que sea publicado su fallo y preceptos anulados, ex artículo 72.2 de la LJCA, de manera que o bien no tiene interés abundar o insistir en la nulidad ya declarada, o bien resulta nocivo para la seguridad jurídica, contradecir o alterar lo ya señalado por sentencia firme”.
De esta forma, las sentencias de 14 de junio de 2011 dejan claro que no habrá pronunciamientos contradictorios, por lo que en los restantes recursos de casación que aún están pendientes de resolución ante el Tribunal Supremo, el fallo será idéntico al hoy notificado 
Así las cosas, la dirección letrada de las Comunidades recurrentes y de la Asociación de Vecinos, en su día recurrente ante el TSJA, valora muy positivamente las sentencias Ddas a conocer en el día de hoy, considerando que constituyen un triunfo del Estado de Derecho sobre las  pretensiones de la Universidad y el Ayuntamiento de alterar injustificadamente una zona verde que pertenece al Conjunto Histórico de Sevilla y que, gracias a los pronunciamientos del Tribunal Supremo, se seguirá manteniendo en el futuro como un gran espacio libre para uso y disfrute de todos los sevillanos

Sevilla, 22 de junio de 2011

Fdo Emilio Molina Lamothe
abogado